QUEDA PROHIBIDO POR LA LEY DE FALTAS AGRARIAS:
1. Cazar sin licencia o permiso habilitante.
2. Cazar en la calle o camino público.
3. Cazar a menor distancia que la permitida para los lugares determinados en las normas legales vigentes (300m con escopeta de perdigones y 500m con balas).
4. Cazar en época y/o zona de veda.
5. Cazar sin autorización escrita del dueño del campo u ocupante legal.
6. Cazar en toda época especies protegidas o introducir especies exóticas o foráneas sin autorización.
7. Cazar especies de medida menor que la autorizada.
8. Exceder el número de piezas autorizadas para la caza deportiva.
9. Cazar con perros galgos.
10. Cazar en cuadrillas.
11. Transportar especies o trofeos de caza sin los precintos reglamentarios.
12. Comercializar, industrializar, tener, depositar y/o transportar ilícitamente especies y/o productos de la caza deportiva.
13. Practicar tiro al blanco en lugares expresamente vedados para la caza.
14. Impedir o entorpecer las tareas de fiscalización.
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